FSC-CCOO Asturies | 29 marzo 2024.

#OrgulloDeSer en el trabajo

Dos nuevas herramientas para seguir avanzando en igualdad.

    Documento en el que la Secretaría Confederal de Acción Sindical y la Secretaría de Mujeres e Igualdad analizan los RD 901/2020 y 902/2020

    18/11/2020.
    Documento de análisis de los RD 901/2020 y 902/2020

    Documento de análisis de los RD 901/2020 y 902/2020

    • Real Decreto 901/2020, de 13 de octubre, por el que se regulan los planes de igualdad y su registro y se modifica el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo.


    • Real Decreto 902/2020, de 13 de octubre, de igualdad retributiva entre mujeres y hombres.


    Ambos decretos son fruto de las negociaciones en el ámbito del diálogo social, que finalizaron
    con acuerdo entre los Ministerios de Trabajo y Economía Social y el Ministerio de Igualdad y los
    sindicatos CCOO y UGT. Las organizaciones empresariales , participantes de las negociaciones,
    no firmaron el acuerdo.


    La Ley 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres supuso, sin
    duda, un importante impulso hacia la igualdad desplegando importantes medidas e instrumentos
    dispuestos a tal fin. Un impulso, sin embargo, insuficiente para alcanzar su propósito, por lo
    que el pasado año se aprobó el Real Decreto Ley 6/2019, de 1 de marzo, de medidas urgentes
    para garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo
    y la ocupación, en el que se introducen, entre otras, dos importantes modificaciones legales:


    1. Una ampliación gradual de las empresas afectadas por la obligación de contar con un plan de igualdad, pasando de 250 a 50 personas en plantilla cuando finalice el periodo transitorio, lo que supone un  incremento muy elevado del número de empresas que deberán tener un plan de igualdad.


    2. La obligatoriedad de que todas las empresas cuenten con un registro retributivo.

    Y en su artículo 1.6, el Real Decreto Ley 6/2019 deriva a un futuro desarrollo reglamentario del
    “diagnóstico, los contenidos, las materias, las auditorías salariales, los sistemas de seguimiento
    y evaluación de los planes de igualdad; así como el Registro de Planes de Igualdad, en lo relativo
    a su constitución, características y condiciones para la inscripción y acceso.


    El Real Decreto 901/2020 responde al desarrollo reglamentario que da cumplimiento a este artículo,
    mientras que el Real Decreto 902/2020 tiene como objeto el establecimiento de medidas
    específicas para hacer efectivo el derecho a la igualdad de trato y a la no discriminación entre
    mujeres y hombres en materia retributiva.


    Dos normas legales que despejan incógnitas previas y que imponen obligaciones que suponen
    nuevas oportunidades.